• Información sobre organización del acto de Jura de la Bandera Nacional

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      El acto se realizará el
      miércoles 19 de junio de 2024 - Hora 10:30

       

      Participarán los estudiantes que no hayan jurado la bandera con anterioridad, así como aquellas personas externas a la Institución que se avecinen a cumplir con la obligación legal del juramento.
       

      Quienes no sean estudiantes del Liceo se inscribirán previamente:
      Acceda aquí al Formulario de inscripción.

      Se ruega puntualidad ya que el acto se iniciará a la hora establecida. Al finalizar se entregarán los certificados correspondientes. Quien no retire el certificado al terminar el acto no tendrá la posibilidad de acreditar el juramento con posterioridad.

      Se recuerda que todo ciudadano natural o legal está obligado de prestar juramento de fidelidad a la Bandera Nacional en acto público y solemne. Ley 9.943 de 20/7/1940, Art. 28.

      • No se expedirán títulos profesionales o técnicos sin que el interesado acredite mediante certificado haber cumplido con esta obligación. Art. 28 inciso 3.

      • Ningún ciudadano será admitido a desempeñar cargos en la Administración Pública, sin haber justificado el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley.

      • Si bien aquellos extranjeros que no revistan la calidad de ciudadanos uruguayos no están obligados de Jurar la Bandera, de adquirir la calidad de ciudadanos con posterioridad y no contar con el certificado de haber prestado Juramento, estarán inhabilitados para ocupar cargos públicos, y no se les podrá expedir títulos profesionales o Técnicos.

      • Las Direcciones de Establecimientos de Educación Secundaria no podrán expedir Certificados de Estudios, cualquiera sea su destino, que acrediten la aprobación del Ciclo Básico o Superior, a aquellos ciudadanos que no hayan prestado el Juramento de Fidelidad a la Bandera Nacional, hasta que cumplan tal obligación. Circular 1534.